En Colombia rige un arancel tributario que aplica a los titulares de coches, lo que debes saber si estás recién llegado al valle del Cauca o compraste tu primer vehículo. No te pierdas esta entrada, porque te ofreceremos todo lo que necesitas conocer sobre el estado de cuenta impuesto de vehículos en Bogotá, Colombia. Aprende cómo cancelar a tiempo y evitar las multas que conlleva el retraso o falta de pago. Sigue leyendo para que estés bien informado, no esperes que te lo cuenten.
Impuesto de vehículos en Bogotá, consulta, por placa y más
En Colombia el impuesto de vehículos en Bogotá, genera ingresos para atender asuntos relacionados con el sistema de tránsito terrestre y otros gastos de interés público. Este tributo lo administra legalmente el Ministerio de Transporte, y debe ser cancelado por los dueños de coches una vez al año ante la Secretaría de Hacienda del Estado colombiano.
Este impuesto de vehículos en Bogotá aplica a aquellas personas con vehículos debidamente registrados y gravados por la nación, cuya matrícula se realizada en el Distrito Capital bogotense, y deberá pagarse conforme los atributos que posea el coche, es decir, según, la marca, modelo, línea o cilindraje. Donde cada ejercicio se determina el avalúo según lo disponen las resoluciones emitidas por el Ministerio de Transporte.
En este sentido, se debe presente, que al acatar y cumplir con la responsabilidad de pagar el citado impuesto vehicular en Bogotá, se estará contribuyendo con las mejoras de la vialidad en general, sean calles, avenidas, autopistas y otras rutas por las que normalmente se transita con el coche; por lo tanto, el beneficio no es sólo para la sociedad, sino del propio. En el avalúo se consideran los siguientes automotores:
- Automóviles.
- Camionetas y camperos.
- Camionetas doble cabina.
- Vehículos eléctricos.
- Motocicletas, motocarros, cuatrimotos, motocicletas y motocarros eléctricos.
- Vehículos de pasajeros y de carga.
- Ambulancias y vehículos híbridos.
Estado de cuenta del impuesto de vehículos en Bogotá
Por medio del Registro Único Nacional de Tránsito, es posible cumplir con las obligaciones derivadas del impuesto de vehículos en Bogotá. Dicho registro cuenta con un sistema a través del cual el contribuyente puede realizar validar la información relacionada con su pago o arancel. Además de consultar el estado de sus obligaciones a que haya lugar, las fechas de pago y montos.
Para este fin, es necesario que el ciudadano acceda al portal de la oficina virtual del Registro de Bogotá, con su usuario y clave personal. En caso de no haber creado un usuario deberá hacerlo, pues de otro modo no podrá usar este medio, y vale acotar que es el canal más idóneo para estos trámites. De igual forma, una vez dentro del sistema, ubicarse en mis impuestos, para consultar su estado de cuenta de su impuesto, como forma más conveniente de revisión.
Consultar por Placa
Del mismo modo que con la revisión del estado de cuenta, efectuar la consulta del impuesto de vehículos por placa, es un proceso sencillo y rápido, y el mismo se lleva a cabo usando el novedoso sistema denominado HQ-RUNT, y que permite conocer las características particulares del vehículo, colocando el dígito de la placa.
Inicialmente, la consulta requiere el uso de la plataforma web oficial del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), al cual puedes ingresar desde aquí. Luego del acceso, ir a la casilla consulta de vehículos por placa, y después hacer lo propio en ingresar al módulo. Esta opción redirige al usuario a una sección donde puede consultar los datos del vehículo, para lo cual sólo se deben colocar los datos de la placa cuando el sistema lo requiera.
Adicionalmente, se requiere considerar la tabla de avalúos propuesta por el sistema, donde se dará a conocer el monto a pagar por concepto del impuesto de vehículos en Bogotá. El monto por su parte, dependerá del tipo de vehículo que tenga el contribuyente; siendo de esta sencilla forma como se consulta el tributo vehicular por placa.
Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT)
Como bien se indicó anteriormente, RUNT se trata de un eficiente instrumento tecnológico que provee de información al contribuyente sobre el impuesto de vehículos en Bogotá. También usado para registrar las licencias de tránsito o los accidentes de estos.
Es un sistema interactivo tanto para los ciudadanos colombianos como los entidades oficiales de tránsito, las direcciones territoriales, el Ministerio y las empresas de transporte, entre otros entes vinculados con este tipo de impuesto de vehículos en Bogotá.
Dicho sistema se deriva del Registro Nacional de Automotores, a través del cual el contribuyente puede colocar los datos necesarios para determinar las características de los automotores terrestres; dando cumplimiento al pago del citado impuesto vehicular colombiano.
Registro Nacional de Automotores (RNA)
Por su parte, el Registro Nacional de Automotores, constituye una fuente confiable y útil en el suministro de información estándar sobre el volumen de vehículos terrestres que circulan a nivel nacional en Colombia. Así como aquellos que circulan de forma temporal dentro del país. Al mismo tiempo, facilita la aprobación o rechazo de los trámites de validación solicitados por los usuarios también a nivel nacional. Dicho registro permite la verificación de:
- Los datos e identificación de la propiedad vehicular, adicional a las características y marco jurídico en torno a un vehículo matriculado en Bogotá.
- Las pólizas de seguro que mantiene el vehículo.
- El contrato de adjudicación, en caso de tener un vehículo en esta condición.
- Fichas técnicas de verificación del vehículo.
- Las revisiones a que ha sido sometido un determinado vehículo.
Trámites a realizar en RUNT
En este punto, estaremos dando a conocer uno de los trámites de mayor relevancia que se pueden efectuar a través del registro Único Nacional de Tránsito. El mismo se ideó para tratar elementos inherentes al propio vehículo y al cambio de su características, dentro de las cuales están:
- Cambio de carrocería.
- Conversión de gasolina a gas natural.
- Cambio del motor y/o color.
- Blindaje o desmontaje.
- Regrabación del chasis.
Para efectuar el registro de algunos cambios planteados sobre las características del vehículo, el usuario debe tener presente el documento de origen o propiedad de la inscripción ante el RUNT, además de la planilla de solicitud según el trámite (cambio) planteado a llevar a cabo.
También se deberá consignar en este trámite, la tarjeta de propiedad o licencia de Tránsito, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigentes, el informe de la revisión técnica vehicular, además de los pagos relacionados en el cambio. No puede faltar en esta gestión, el documento de identificación personal del dueño.
Se debe mencionar igualmente, que el dueño del coche no debe ser objeto de faltas de tránsito. Y de no ser el titular quien realice el trámite, el ciudadano de forma obligatoria deberá consignar una autorización expresa del dueño, donde autorice la realización del trámite por medio de una tercera persona.
Adicional a los cambio ya mencionados, por esta vía se pueden llevar a cabo otros cambios a un vehículo, pero en este caso, relacionados más con los servicios administrativos, tales como placa, infractor, traslado o traspaso, matrícula inicial, entre otros.
Cambio de carrocería
Para el cambio de carrocería, será conveniente consignar la factura de compra de las nuevas piezas, la cual no debe tener enmiendas ni tachaduras, además de otros datos, como los montos, que deben estar legibles. Asimismo, el dueño del coche deberá presentar la ficha técnica de homologación de la nueva carrocería. Y de resultar usada, es menester comprobar el origen de la esta.
Conversión de gasolina a gas natural
En el caso de que un titular de un coche tenga la intención de efectuar una modificación de gasolina a gas natural, es obligatorio presentar una certificación del sector de su residencia, y la misma deberá ser autorizada por el Ministerio de Minas y Energía, como ente que aprueba este tipo de cambios.
Cambio del motor
Como parte de los requerimientos que conlleva este tipo trámite de cambio de motor de un vehículo, no puede omitirse la factura o contrato compra/venta del motor, así como la declaración de la importación del mismo. Y en el supuesto que el motor a instalar sea usado, debe contar con el aval de procedencia u origen del mismo.
Cambio del color
Para el cambio de color, es un trámite más sencillo que los anteriores, además de ser menos requisitos a consignar. Pues sólo hay que consignar el formulario debidamente lleno y firmado, con indicación expresa del nuevo color que tendrá el coche.
Blindaje o desmontaje
En este tipo de gestiones, el propietario debe realizar la resolución donde hace entrega la Superintendencia de Vigilancia de Seguridad Privada, en dicha resolución, se señala la aprobación o acreditación del blindaje o el desmontaje del mismo. Asimismo, deberá presentarse el certificado de la compañía que se responsabilizará de efectuar la instalación o desinstalación del blindaje.
Regrabación de chasis
Como último cambio, está la regrabación del chasis o de motor del vehículo; en este caso se requiere una orden judicial de por medio. En este supuesto se hará entrega al titular del vehículo una autorización expresa para lleva a cabo el cambio. Pero además, el alcance de esta autorización permite certificar la revisión las improntas de la grabación. Por tanto, si un vehículo se le cambiará el grabado del chasis o del motor, será necesario que el titular consigne la autorización judicial.
Pago del impuesto de vehículos en Bogotá
Para cancelar el impuesto de vehículos en Bogotá, su trámite está a cargo de la Dirección de Impuestos de esta ciudad, a través de su oficina de gobierno Nacional. A cuyos fines dicha entidad, coloca a la disposición de los contribuyentes colombianos 2 instrumentos fundamentales que facilitan cumplir con esta obligación. La primera es la descarga de las facturas y la segunda, generar la liquidación.
Ambos servicios son gratis, debiendo resaltar en este sentido, que la oficina de la Dirección de Impuestos de Bogotá, lleva a cabo la verificación de aquellos casos que considere como irregulares, llevando a cabo de ser necesario, los procedimiento judiciales o cobros pertinentes.
Tanto el servicio de descarga de factura como de liquidación, permanece abierto las 24 horas durante toda la semana. Y en caso de presentarse dudas, el contribuyente puede contactar a la institución a través de una simple llamada telefónica al 195 o bien, acceder al Chat tributario, mismo que está disponible de lunes a viernes desde las 7:00 am a 4:00 pm.
Descarga de factura
Como lo sugiere su nombre, se trata de una opción que permite al usuario descargar su respectiva factura expedida por la administración pública. Y tiene lugar usando los datos del contribuyente y del vehículo que se encuentran registrados en el Sistema de Información tributaria, y el avalúo que establece el Ministerio de Transporte. Si todos los datos están bien, se puede imprimir y pagar el impuesto, o bien generar una autoliquidación.
Liquidación del impuesto
De igual forma, este proceso permite al contribuyente generar su propia liquidación (en modo de declaración), cuya idea es declarar valores distintos a los descrito en la emisión de la factura de la administración pública. También aplica para los vehículos nuevos. Esta se puede gestionar también, en caso de no haber podido generar la factura, o para liquidar ejercicios anteriores. Este servicio demanda del contribuyente algunos requisitos, como los que se señalan a continuación.
- Licencia de tránsito.
- Certificado tradicional del automóvil, así como las declaraciones efectuadas anteriormente.
- Luego acceder al portal web de la dirección de impuestos, colocar el número de placa del vehículo y el de identificación del propietario, previsto en la casilla genere declaración/ROP. En cuyo interior, rellenar los campos solicitados por el sistema.
- Por último, comprobar que los datos estén correctos y generar el archivo para la posterior impresión y pago.
Secretaria Distrital de Hacienda
La Secretaria Distrital de Hacienda, representa un músculo tributario del gobierno nacional colombiano. Y tiene bajo su gestión los recursos económicos recaudados por concepto de impuestos y aranceles que aportan los usuarios y contribuyentes al sistema. Parte de tales recursos, los distribuye en algunos sectores de la Administración Distrital, con el objeto de dar cumplimiento al Plan de Desarrollo del país.
Es responsable de ampliar y optimizar los distintos canales de atención al público, así como incrementar los medios tecnológicos para acercarse más al ciudadano, además de contar con un talento humano con altos estándares de profesionalismo y compromiso institucional. Parte de sus funciones son:
Diseñar e implementar estrategias para cumplir a cabalidad el Plan de Desarrollo Económico y Social de obras públicas en la ciudad de Bogotá, donde especialmente aplica el impuesto de vehículos en Bogotá. Dirigir las políticas que sean necesarias relacionadas a la materia fiscal, así como al crédito público. Además de las pensiones contingencias y cesantías, así como exponer y cumplir con las políticas tributarias
Canales de atención
Por su parte, la Secretaria Distrital de Hacienda coloca a disposición de todos los colombianos diversos canales expeditos y eficientes de atención al publico, con el objetivo central de procurar que estos lleven a cabo todo tipo de trámites y obtener las respuestas que buscan sobre sus dudas. Tales vías se segmentan en:
- Telefónico.
- Oficina virtual.
- Correo electrónico.
- Líneas de WhatsApp.
- Presencial.
Telefónico
Se trata de una línea de atención al contribuyente donde pueden contactar con el organismo son sólo discar el 195. Además, ofrece soporte telefónico, marcando el número de contacto 338 5000 ext. 5581 o 5523. Disponible de lunes a viernes de 7:00 am a 4.30 pm.
Oficina Virtual
Esta llamada oficina virtual, no es otra cosa que una vía electrónica, a través de la cual el usuario o contribuyente puede efectuar trámites relacionados con:
- Impuestos predial unificado.
- Industria y comercio y retenciones de ICA.
- Vehículos automotores.
- Otros impuestos.
- Consulta de pagos.
Correo electrónico
Este canal de consulta, es ideal para formular inquietudes y solicitar información relacionada con el impuesto de vehículos en Bogotá. Para este fin, la entidad ofrece las siguientes direcciones electrónicas; consultasvirtuales@shd.gov.co y radicacionvirtual@shd.gov.co.
En esta dirección digital además, el contribuyente podrá adjuntar copia de su cédula de identidad y explicar de forma clara y sencilla su requerimiento, incluyendo la información sobre el impuesto donde se generó la duda. La respuesta será recibida en la bandeja de entrada transcurrido entre 24 a 72 horas.
Líneas de WhatsApp
En este sentido, la secretaria Distrital de Hacienda adicionó más recientemente a los ya existentes canales de comunicación las siguientes líneas de WhatsApp, para que los contribuyentes reciban mayor atención de lunes a viernes, de 7:00 am a 4:30 pm, a través de los números:
- 350 333 7011 – 301 787 5046.
- 350 333 7009 – 300 270 3002.
- 301 548 8793 – 300 270 2526.
- 300 351 9219 – 300 270 2528.
Presencial
A partir del mediados de diciembre de 2020, se restringió aun más el habitual horario de atención al público personal; ahora se atenderá al contribuyente y/o usuario con previa cita, contactando al 195; de 7:00 am a 5:30 pm, de lunes a viernes. Mientras que los días sábados será de 8:00 am a 12:00 m. Para solicitar la cita, deberá tomarse en consideración que sólo se estarán atendiendo los siguientes casos:
- Liquidaciones de impuesto predial y vehicular.
- Consulta de obligaciones pendiente de pago de ejercicios anteriores e inscripción de RIT.
- Solicitud de devolución y actualización del RIT.
- Delineación urbana.
- Información sobre medios magnéticos.
De igual forma, dicha atención se prestará siempre y cuando el contribuyente cumpla con los requisitos solicitados por la Secretaria Distrital de Hacienda, sumado al uso obligatorio del tapabocas. Y de presenta algún síntoma asociado al Covid 19, se sugiere abstenerse de asistir a la cita, pues no será atendido.
Bancos que reciben el impuesto de vehículos Bogotá
Ya para ir concluyendo este post sobre el impuesto de vehículos en Bogotá, se debe mencionar que la entidad tributaria en alianza con la banca, pone a disposición del contribuyente un nutrido grupo de entidades bancarias para ofrece mayor comodidad en el pago, dentro de estos se pueden nombrar los siguientes:
- Bancolombia.
- Banco de Bogotá.
- El Banco Popular.
- Banco de Occidente.
- Citibank.
- BBVA Colombia.
- GNB Sudameris.
- El banco Davivienda.
- Banco AV Villas.
Tarifas
Como bien se mencionó, el impuesto de vehículos en Bogotá está normado por las leyes colombianas, donde a su vez se establece que el ente responsable de su implementación será el Ministerio de Hacienda. Es igualmente quien fija los montos que regirán para el ejercicio fiscal correspondiente, considerando para ello el valor comercial del vehículo; teniendo al respecto que el año 2o20 cerró con las siguientes tarifas:
- Vehículos particulares con valor comercial hasta $ 48.029.000, será el 1.5%.
- Mayor a $48.029.000 hasta $ 108.063.000, el monto será del 2.5%.
- Superior a $ 108.063.000 el impuesto es de 3.5 %.
- Para motocicletas superior a los 125 cm3 todos los avalúos serán del 1.5% del costo comercial.
- Vehículos públicos, el impuesto es del 0.5%.
No olvides, antes de dejar este artículo, echar un vistazo a las siguientes propuestas que dejamos para tí: