Si deseas aprender cómo hacer un contrato de servicios profesionales Ecuador, descubre todo a continuación. En este artículo te daremos las mejores herramientas posibles, y mucho más de la manera más rápida y sencilla posible.
Modelo para elaborar un contrato de servicios profesionales
Se le consideran servicios profesionales a aquellas personas que prestan sus habilidades a un tercero, y para ello deja a disposición su información en un contrato para que sea revisado por otros.
Este contrato no significa que exista una relación de dependencia de ambas partes, esto significa que tampoco hay beneficios por dicho contrato.
El contrato simplemente es un modelo de contrato de servicios profesionales, que refleja el potencial de un trabajador, nada más y nada menos.
Ahora bien, en Internet se encuentran diversos modelos que la persona puede usar y que fácilmente se pueden descargar y editar. Ahora bien, vamos a dejar a continuación un breve ejemplo de este tipo de documento legal:
Contrato civil de prestación
Como dijimos en el apartado anterior, vamos a demostrar con un ejemplo cómo serían este tipo de contrato, siempre recordando que no posee dependencia para ninguna de las partes involucradas. Teniendo eso claro, supongamos lo siguiente:
En Quito, Ecuador, a los diecisiete días del mes de Abril del año dos mil veinte, comparece la ciudadana llamada Dra. Julia Gutiérrez, como representante legal de la empresa CIUDADANOS ANÓNIMOS UNIDOS; y por su parte tenemos al Ingeniero CARLOS CASTRO, que bajo su propia autoridad viene a función de PROFESIONAL y que de manera voluntaria a decidido cerrar el presente contrato que trata de lo siguiente: PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, y que refleja las siguientes cláusulas.
Primera: Objeto
Esta primera parte consta de los objetivos del contrato, esto en sencillas palabras quiere decir únicamente se redactan los interés de ambas partes, tanto del trabajador como del empleador, en este caso la representante de dicha empresa.
La empresa decide contratar al ciudadano Carlos Castro, la persona que prestará sus servicios de manera voluntaria e independiente de los filiales de la compañía. Su trabajo será gestionar aplicaciones y mantenimiento de equipos electrónicos, así como brindar ayuda en temas relacionados a lo mismo.
El profesional estipula tener las capacidades de dicho cargo, y garantiza conocer el trabajo de la manera en la que la compañía lo precisa.
Segunda: Plazo
Otra parte fundamental del contrato es el plazo o el tiempo que durará la relación entre ambas partes; es importante definirlo para evitar cualquier inconveniente a futuro.
El plazo de este contrato de prestación de servicio tiene una durabilidad de un año, esto a partir de la elaboración del presente documento. Únicamente podrá romperse los acuerdos de este plazo, si la persona no cumple con el trabajo o las expectativas correspondientes.
En caso de no poder culminar en el plazo debido, la empresa tiene derecho a extender dicho contrato, siempre y cuando sea de mutuo acuerdo.
En esta parte se establece las obligaciones del trabajador, este debe cumplir con el trabajo, los alcances y los plazos que la empresa solicite, siempre y cuando se le pague sus honorarios y haya sido acordado previamente.
Tercera: obligaciones del contrato
En esta parte se establecen los límites de cada quien, y las obligaciones a las que están sujetas. Cada una de estas cláusulas deben cumplirse, siempre y cuando se haya discutido previamente y ambas partes lo hayan acordado.
El profesional está sujeto legalmente a lo que diga el contrato, siempre y cuando cumpla con las normas y leyes de Ecuador, como por ejemplo:
Trabajar de manera transparente, eficiente y con total honestidad las tareas que le sean asignadas.
Debe resguardar la confidencialidad de todo lo que vea y escuche dentro de la empresa y su puesto laboral.
Al estar sujeto a un puesto de trabajo, será responsable de todo los equipos y materiales que sean entregados a su persona, así como el mantenimiento y el cuidado de los mismos.
La empresa tiene total libertad de intervenir cuando lo considere necesario, es su responsabilidad garantizar un trabajo óptimo y seguro para cada empleado que labore en sus instalaciones. Sin embargo, debe presentar periódicamente informes que describan el desempeño y las tareas a realizar para el empleador, esto en pro de mejorar sus habilidades.
Ahora bien, una vez se concluyan las tareas fijadas en el contrato, el trabajador debe elaborar un informe que detalle todas las tareas realizadas y sus resultados.
Cuarta: honorarios y forma de pago
En esta parte se estipulan las formas de pago y la cantidad, también conocido como honorarios profesionales que la empresa cancelará por los servicios prestados del profesional.
El monto se establece en mutuo acuerdo, y debe decir claramente el monto total y la cantidad de partes que será cancelado por parte de la empresa. Además, se debe reflejar el valor agregado de cada mes y cada uno de ellos debe ser notificado al profesional.
Quinta: deducciones
Se le llama así a los pagos que se debe deducir del salario del empleador, esto de acuerdo a la Ley ecuatoriana, como sería el Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado.
Aquí también se incluyen otros más, que si deseas indagar cuales más dejamos un artículo que habla al respecto de manera más completa: Derechos del trabajador Ecuador.
Sexta: derechos de autor
Esta clausura también es fijada por ambas partes, ya que si el cargo lo requiere se necesita seguir los reglamentos de la Ley de Propiedad Intelectual de Ecuador, esto por motivos de descubrimientos, invenciones, mejoras o creación de nuevos procesos, etc.
Es importante definir los derechos de propiedad, porque si el empleador está sujeto a desarrollar nuevos mecanismos dentro de la empresa contratista, es importante saber quién será el portador de dichos beneficios.
Cuando estos casos suceden, es la empresa quien obtiene los beneficios exclusivos de cualquiera creación que haya fabricado el profesional. Por eso tiene derecho a patentar o registrar bajo nombre de la compañía, dicho descubrimiento.
Sin embargo, se debe reconocer al profesional como el creador o autor de dicho proceso, ya que por ley no puede quitarles derechos de autoría.
Séptima: responsabilidad y prohibiciones
El profesional está sujeto a cumplir las obligaciones del contrato, y cumplir con los plazos y las tareas que le fueron asignado en un principio. En el caso de que exista pérdida que afecte la integridad o los bienes de la empresa, por dicho documento estará obligado a reponerlo bajo su propia responsabilidad.
Además, durante dicho cargo el profesional estará sujeto a saber de diversos temas que son confidenciales en la empresas. Si esto ocurre, está obligado a no revelar ningún tipo de información, ya sea de la siguiente naturaleza:
- Secretos industriales
- Software de computación
- Recetas
- Fórmulas
- Patentes
- Signos distintivos
- Planes de mercado
- Publicidad o producción
- Finanzas
- Operaciones o asuntos de negocios
- Estrategias
- Fusiones
- Adquisiciones u otra operación de negocios
Si por cualquier motivo es de conocimiento del profesional ya sea por medios verbales, escritos o magnéticos, el profesional no puede divulgar nada que esté relacionado a él.
Ya sea durante o después de la culminación de dicho contrato, no puede revelar a personas jurídicas o naturales la información manejada en su cargo de trabajo o de terceros. La empresa es la única autorizada de revelar si puede o no revelar algo, esto previamente escrito y firmado.
Octava: relación civil entre las partes
Los contratos siempre deben definir la naturaleza, en este caso estamos hablando de uno civil y en el que está sujeto a las reglas del Mandato.
¿Qué quiere decir esto? como dijimos antes, el empleado y la compañía con dicho contrato no tienen dependencia alguna, en lo que respecta al aspecto laboral y por lo tanto al Código del Trabajo y Leyes del Seguro Social Obligatorio.
No existe subordinación jurídica, esto quiere decir que el profesional es libre ante dicha compañía, y por ende es totalmente autónomo siempre y cuando no afecte las cláusulas mencionadas anteriormente.
Un contrato civil es todo lo contrario a un empleado fijo, que sí debe responder a una empresa, a un horario, a las leyes del trabajador, etc.
Esto no quiere decir que un profesional de esta natural pueda hacer lo que le convenga, todo lo contrario, sin embargo su única responsabilidad es lo que esté establecido en el contrato. Caso contrario a los empleados públicos o privados, que sí deben apegarse a muchas cosas más, como lo que mencionamos antes.
Novena: controversias
En esta última parte del contrato se refleja ambas partes contratantes, es decir el representante de la empresa y el profesional al que se le está contratando los servicios.
Se debe establecer el nombre completo de ambas partes, el rol que juegan dentro de dicho contrato y su número de identificación. Y con rol nos referimos a lo siguiente:
- Empleadora o empleador
- Profesional
Si deseas complementar la información leída y saber un poco más del tema, les dejamos los siguientes enlaces que pueden ser de interés: